El abogado Félix Portes, explicó este miércoles que la legislación dominicana establece con precisión cuáles son las acciones que pueden tipificarse como actos terroristas, subrayando la gravedad de estas conductas y su impacto en la seguridad nacional.
Entre los ejemplos citados por el jurista al periódico Hoy se encuentran; los intentos de intimidar o aterrorizar a la población, así como la alteración del orden público mediante acciones violentas o amenazas.
Portes señaló que también se consideran actos terroristas aquellas acciones que buscan obligar al Estado a actuar o dejar de actuar a través de coacción, agresiones o presiones ilegales.
Agregó que la normativa incluye como terrorismo los actos que ponen en riesgo la seguridad de varias personas, los ataques contra bienes estratégicos o infraestructuras y los atentados contra la vida o la integridad física cuando tienen como finalidad sembrar miedo, alterar el orden o presionar a las autoridades.
Asimismo la Ley 267-08 sobre Terrorismo establece las sanciones a los delitos ya citados:
Atentados con bombas, sustancias peligrosas y otros medios . Serán sancionados con penas de treinta (30) a cuarenta 40) años de reclusión todo aquel que cometa un acto de terrorismo consistente en detonar, explotar,
esparcir, arrojar, colocar, o diseminar por cualquier medio o procedimiento, armas, dispositivos, artefactos, sustancias o materiales de alto poder explosivo, compuestos químicos, biológicos o radioactivos, susceptibles de provocar muertes, heridas, lesiones, o estragos materiales».
Fuente: Hoy










